Cuentas Inactivas

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condusefAbrir una cuenta de ahorro o de inversión es fácil y sencillo, pero mantenerla activa y con movimientos a veces parece ser un poco más difícil.

En algunos casos, las cuentas quedan inactivas porque su titular se radicó en otra ciudad, ya sea dentro o fuera del país, o las sucursales bancarias no le quedan cerca de su casa, otros casos son personas que las abrieron para guardar un dinero que no querían tocar hasta algún momento específico (por ejemplo para el retiro, esperar para la adquisición de algún bien u otra cosa).

Ahora bien, desde las modificaciones implementadas, aquellas cuentas que permanezcan inactivas, o sea sin movimientos (depósitos o extracciones) durante tres años consecutivos los bancos pasarán el dinero a una cuenta global por 90 días, lapso en el cual se deberán poner en contacto con el cliente para informarle dicha situación.

Si el dueño de la cuenta no apareciera, el dinero será enviado a beneficencia, por lo cual el titular no podrá realizar reclamo alguno.

Se recomienda a todas aquellas personas que hayan dejado depositado dinero en alguna cuenta de ahorro o inversión por más de tres años acudir al banco para regularizar la situación y no perder sus recursos.

Pasos a seguir:

  1. Una vez que la institución detectó cuentas de ahorro o inversión que no registraron movimientos de retiros o depósitos en tres años, debe iniciar comunicación con sus clientes.
  2. El banco tiene 90 días para notificar a los depositantes que deben reactivar sus cuentas.
  3. De no lograr la comunicación, los recursos se canalizan a una “cuenta global” que no cobrará comisiones y pagará una tasa equivalente al Índice Nacional de Precios al Consumidor.
  4. Si transcurren tres años más en esta cuenta global y el titular de la cuenta bancaria no hace movimientos financieros, el dinero se dirigirá a la beneficencia y el cliente ya no podrá reclamar los recursos.

Quienes no se encuentren con una respuesta favorable podrán acudir a la Condusef o comunicarse al 01 (618) 8250768 para más información.

Normativa vigente

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Derivado del artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito, los bancos tienen la obligación de enviar a la Beneficencia Pública los recursos ubicados en cuentas -tanto de cheques como de ahorro e inversiones- que no han reportado movimiento luego de 6 años.

Una cuenta se considera inactiva cuando en el transcurso de tres años no ha tenido movimiento por depósitos o retiros – recuerda que el cobro de comisiones que haga el banco no se considera un movimiento financiero-, al cabo de este tiempo el monto depositado se va a la cuenta global, la cual incluso, genera intereses mensuales y no te cobra comisiones, aquí el dinero sigue siendo tuyo, pero al pasar tres años más, los recursos se van a la beneficencia pública.

Recuerde que desde el mes de abril de 2014, se dio a conocer el “Sistema de Información de Consulta de Beneficiarios de Cuentas de Depósito”, para aquellas personas que se presuman beneficiarios de una cuenta de depósito de un familiar fallecido.

En este sistema participan 24 instituciones bancarias en conjunto con la CONDUSEF, con el propósito de dar atención a los problemas derivados del desconocimiento que tienen los posibles beneficiarios de los usuarios de servicios financieros fallecidos, sobre los productos de las cuentas de depósito y/o de inversión que hayan tenido.

En un plazo máximo de 45 días naturales, la CONDUSEF responderá de forma personal a las solicitudes aceptadas, por medio de correo certificado, o bien a través de los medios electrónicos acordados desde la recepción de la solicitud.

Si se da una respuesta positiva a la localización de información, ésta deberá especificar en qué instituciones existen las cuentas, para que el interesado pueda llevar a cabo directamente con la institución indicada las gestiones necesarias para recuperar los recursos correspondientes.

En caso de que no se encuentre registro alguno de cuentas de depósito y/o inversión en las que el solicitante sea beneficiario, la respuesta que se dará al interesado será exclusivamente: “No se localizó información”.

Los requisitos para tener acceso a este servicio son:

  • Solicitud en la que manifiesten tener interés jurídico.
  • Copia simple del acta de defunción (cuya expedición no sea mayor a cinco años respecto de la fecha de presentación de la solicitud), que acredite el fallecimiento de la persona que presumiblemente mantenía una cuenta de depósito y/o inversión con alguna o algunas de las 24 instituciones firmantes de este convenio.
  • Identificación oficial (IFE, pasaporte certificado de matrícula consular, entre otros), que esté vigente y contenga la fotografía y firma del solicitante.
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2 responses to “Cuentas Inactivas

  1. SOLO COMENTO QUE EN ALGUNAS PAGINAS SE MENCIONA QUE DESPUES DE HABER SIDO TRANFERIDA LA CUENTA INACTIVA A LA CUENTA GLOBAL SE TIENEN TRES AÑOS MAS PARA RECUPERAR EL DINERO, Y EN ESTE ARTICULO MENCIONA QUE SOLO 90 DIAS…. ¡¡¡¡????

  2. buena tarde, me gustaria saber como recuperar mi cuenta ya que deje 50 y nunca reclame ese dinero y aunque en realidad no es mucho quisiera saber que paso ? y que tengo que hacer ? espero su respuesta gracias

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